La Cofece multó a tres empresas y a cinco personas físicas por prácticas monopólicas en el mercado de cepillos dentales. Foto de archivo.
La Cofece multó a tres empresas y a cinco personas físicas por prácticas monopólicas en el mercado de cepillos dentales. Foto de archivo.

13 de jun. (Sentido Común) -- La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), la entidad encargada de combatir las prácticas monopólicas en el país, resolvió sancionar a empresas productoras, distribuidoras y comercializadoras de cepillos dentales luego de determinar que se coludieron para encarecer los precios ese producto adquirido por entidades del sector salud en licitaciones.

     Las empresas Productos Galeno, Dentilab y Holiday de México, así como cinco personas físicas que actuaron en representación de ellas, “acordaron establecer, coordinar y concertar posturas en los procedimientos de contratación pública” con la finalidad de repartirse el mercado de cepillos dentales para adultos y para niños, dijo Cofece, en un comunicado.

     Tras la investigación, el regulador antimonopolios halló que esas empresas actuaron para coordinar posturas en al menos 68 licitaciones públicas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), las organizaciones responsables de ofrecer servicios de salud a los trabajadores de los sectores público y privado, así como a sus familias.

     Las empresas acordaron, a través de reuniones, llamadas telefónicas y correos electrónicos, dividirse el mercado en una proporción de 20% para Grupo Holy --a través de Productos Galeno y Holiday-- y 80% del mercado era acaparado por Dentilab. Esta proporción se ajustó posteriormente a 30% y 70%, respectivamente.

     Esas acciones son definidas por la ley de competencia como prácticas monopólicas absolutas.

     Frente a esa práctica, las autoridades decidieron imponer multas por un monto total de 18.9 millones de pesos (942 mil dólares).

     Además de esta determinación de la Cofece, la ley de competencia también contempla sanciones de cinco a 10 años de prisión y hasta 200 mil UMAs para las personas físicas que cometan la falta.

     “Debido a que se trata de procesos de contrataciones públicas, se ordenó dar vista a la Secretaría de la Función Pública con la versión pública de la resolución para los efectos legales a que haya lugar”, agregó el regulador antimonopolios, en su comunicado.

     Las prácticas ilegales que observó la Autoridad Investigadora, el órgano de Cofece que revisa los casos por posibles prácticas monopólicas absolutas y relativas en el país, tuvieron lugar en el periodo de 2007 a 2013.

     Las conductas además representaron una pérdida para el erario por la generación de sobreprecios en esos artículos de 4.2 millones de pesos (220 mil dólares), además de que perjudicaron la competencia impidiendo la compra de insumos en mejores condiciones de calidad y precio.

     El organismo responsable de combatir los monopolios en México había iniciado el procedimiento en forma de juicio contra las empresas y las personas físicas en octubre del año pasado.

     Aunque no lo revela el comunicado de Cofece, las personas que pudieran estar implicadas en el caso son Juan Ernesto de la Puente y Fernando Ángel Ibarra, posiblemente actuaron como representantes de Dentilab; Alfonso Treviño Rubalcava, en representación de Grupo Holy; Alfonso Treviño Giorguli, en representación de Productos Galeno; y Humberto Navarro Mandujano, en representación de Holiday México y de Productos Galeno, de acuerdo con las notificaciones que realizó la comisión como parte de este juicio.

     De la Puente e Ibarra, quienes son ejecutivos de Dentilab, ya habían sido sancionados por Cofece en marzo de 2018 por representar a esa empresa en un caso de práctica monopólica similar al actual.

     En esa ocasión, la conducta ilegal fue realizada en licitaciones del IMSS en la adquisición de condones y sondas de látex entre 2011 y 2013, lo que también provocó un sobreprecio en esos productos.

      Las empresas y las personas físicas sancionadas hoy podrán acudir ante las autoridades a ejercer su derecho de audiencia, con la intención de presentar argumentos que prueben su inocencia, tal como lo hicieron durante el juicio que llevó a cabo Cofece.

     “Una vez que se ha notificado la resolución a las partes, los agentes económicos sancionados tienen el derecho de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la actuación de la Comisión, a través de un juicio de amparo indirecto”, agregó el regulador, en su comunicado.

     Los representantes de las empresas que hayan actuado para favorecer acciones ilegales podrían también ser inhabilitados por hasta cinco años para ejercer en puestos directivos del sector privado.

    Sentido Común intentó contactar a los representantes de las empresas mencionadas por Cofece, sin éxito.


Fecha de publicación: 13/06/2019

Etiquetas: Cofece Colusión Cepillos